ACREDITACION TUTORES UDMAFyC

Las diferentes normas que han legislado la formación sanitaria especializada preveen que una de las figuras fundamentales en el proceso es el TUTOR del residente. En concreto es el RD 183/2008 por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud el que define como sera el proceso, dejando en cada C.C.A.A. la responsabilidad de la acreditación de los mismos.

Por ello nuestra Comunidad Autónoma publicó la orden de 15 de abril de 2010, de la Consejería de Salud y Consumo, por la que se establece el procedimiento de acreditación y nombramiento de tutores de formación especializada en Ciencias de la Salud por el sistema de residencia y regula el reconocimiento de la función de tutoría en los centros del Sistema de Salud de Aragón. (Descargar documento mas abajo).

Por ello el procedimiento que se debe de seguir es el siguiente:

    • La solicitud, dirigida a la Dirección General de Planificación y Aseguramiento, se presentara en la Comisión de Docencia de cada Unidad Docente correspondiente en formato digital (escaneada). Fichero: “Ficha baremo acreditación tutores.doc”.
    • La Comisión de Docencia debe de verificar que cumple todos los requisitos y enviarla a la Dirección General de Planificación y aseguramiento.
    • La Dirección General de Planificación y aseguramiento designa un evaluador miembro de la Comisión permanente de la Comisión de Formación Sanitaria Especializada en Ciencias de la Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón analiza el expediente y propone a la Dirección General la acreditación.
    • La Dirección General de Planificación y Aseguramiento comunica la resolución a la Comisión de Docencia correspondiente y esta es la que luego lo comunica al tutor.
    • Una vez acreditado, el Coordinador del Centro de Salud donde trabaja el interesado enviará un escrito al Jefe de Estudios de la Unidad Docente Multiprofesional de Atención Familiar y Comunitaria proponiendo, si se considera oportuno, su nombramiento.
    • Con esta solicitud el interesado deberá de enviar el formulario de datos de la Unidad que se adjunta mas abajo donde están reflejados todos los datos necesarios para proceder a su nombramiento.
    • La Comisión de Docencia de la UDM AFyC en su siguiente reunión, si procede, sera aprobado y solicitará al órgano directivo de la entidad titular de la Unidad, en este caso el Gerente del Sector II que emita su nombramiento.
    • Esa será la fecha en la que contara su andadura como Tutor.
    • Periódicamente será necesaria la reacreditación, en este caso cada 4 años, según los procedimientos y normas que se establecen en la citada norma (B.O.A. 29/04/2010)

 

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